En septiembre de 2025, el Gobierno de México anunció aranceles temporales sobre una amplia lista de fracciones arancelarias originarias de países sin Tratado de Libre Comercio (TLC). La medida, vinculada al Paquete Económico 2026, busca corregir distorsiones, proteger empleo y moderar déficits en cadenas sensibles. Este texto informa —sin recomendaciones— qué cambió, a quién aplica, por cuánto tiempo y qué podría venir después.
¿Qué cambió y a quién aplica?
Los aranceles se aplican a un universo ampliado de fracciones con tasas de 10%, 35% y hasta 50%, según el producto. El enfoque recae en importaciones originarias de países sin TLC (por ejemplo, China, India, Indonesia o Corea del Sur). Si una mercancía cumple reglas de origen de un TLC vigente —T‑MEC, Unión Europea, Alianza del Pacífico o CPTPP— mantiene el trato preferencial. El alcance incluye bienes intermedios y finales en rubros como textiles y confección, calzado, juguetes, muebles, electrónica de consumo, vehículos y diversos insumos industriales (acero, aluminio, plásticos, químicos).
Vigencias y temporalidad
El decreto se publicó en septiembre de 2025 y entra en vigor 30 días después de su publicación (mediados de octubre de 2025). La vigencia anunciada se extiende hasta el 31 de diciembre de 2026. Al estar incorporada en el paquete fiscal 2026, el Congreso puede prorrogar, ajustar o concluir la medida conforme evolucione la economía y los resultados observados.

¿Cómo identificar quién podría verse afectado?
La exposición potencial se entiende cruzando tres variables informativas: origen (participación de países sin TLC), intensidad arancelaria (10%, 35% o 50%) y dependencia importada (peso de la importación frente a la oferta local o de socios con TLC). Sin prejuzgar sectores, el análisis por fracciones HS permite observar dónde hay mayor concentración de compras en no‑TLC y, por tanto, mayor exposición al nuevo arancel.
Exposición por clúster
Alta exposición potencial: productos con alta concentración de importaciones desde no‑TLC y limitada sustitución inmediata; suelen incluir textiles y confección, calzado, juguetes, muebles, electrónica de consumo y vehículos con fuerte presencia asiática. Exposición media: bienes con mezcla de orígenes (no‑TLC y TLC) o con oferta local relevante; típicamente insumos siderúrgicos, aluminio, químicos, plásticos y ciertas autopartes. Baja exposición: ramas donde el principal abasto proviene de TLC o de producción local (papel y cartón, vidrio, algunos cosméticos), con afectación acotada al remanente desde no‑TLC.
Evidencia observada tras el anuncio
La entrada en vigor inicia en octubre de 2025, por lo que los efectos en volúmenes y precios se verán en los próximos trimestres. Históricamente, ante cambios arancelarios se observan adelantos de importación previos a la fecha efectiva. También se registran reacciones sectoriales: respaldo en industrias sensibles (textil, calzado) y cautela en ramas que dependen de insumos asiáticos. En recaudación, se proyecta un aumento de ingresos aduaneros en 2026; en balanza comercial, el ajuste apunta a moderar el déficit con Asia, especialmente con China.

Relación con los TLC y el origen
El criterio clave es el origen. Un bien que no califica como originario de un TLC aplica el arancel temporal si su país de origen carece de tratado con México, aunque proceda físicamente de un socio. En cambio, los bienes que sí cumplen reglas de origen de un acuerdo vigente conservan su preferencia arancelaria.
¿Qué podría venir después?
Continuidad: mantener tasas y fracciones hasta 2026 e incluso prorrogar si la evaluación muestra objetivos cumplidos. Ajustes o ampliación: modificar el universo de fracciones o las tasas si se detectan huecos, triangulación o nuevas sensibilidades; siempre dentro de compromisos OMC. Desescalada: reducir o retirar gradualmente los aranceles si los efectos secundarios, como presión en precios, superan los beneficios o cambian las prioridades públicas.
Información clave para seguimiento
Fechas: publicación en septiembre de 2025, entrada en vigor en octubre de 2025, vigencia hasta diciembre de 2026. Alcance: fracciones con tasas de 10%/35%/50% enfocadas en no‑TLC. Exposición: mayor donde el abasto depende de Asia; menor donde predomina TLC u oferta nacional. Entorno: medida ligada al Paquete Económico 2026, con posibilidad de ajustes legislativos.

Conclusión
Los aranceles temporales 2025–2026 marcan un giro relevante: se enfocan en importaciones desde países sin TLC, aplican tasas de 10%, 35% y 50% y rigen desde octubre de 2025 hasta diciembre de 2026. El impacto variará según exposición por origen y dependencia importada, y los datos de los próximos trimestres confirmarán cambios en precios, flujos de comercio y recaudación. SCL acompaña a la comunidad con información clara y actualizada sobre aranceles, fracciones HS y sectores potencialmente afectados, así como con monitoreos de vigencia y escenarios; si te interesa seguir la evolución —del DOF a las series de comercio—, SCL publica resúmenes y análisis para entender qué cambió, a quién aplica y qué podría venir después en la política arancelaria de México.

